Consmed Ginecología ya se encuentra en Tijuana: En Octubre del 2021 Baja California se convirtió en el quinto estado de la República Mexicana en despenalizar la interrupción del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación sin importar la causa. Es decir que el aborto en Tijuana se despenalizó durante las primeras 12 semanas de gestación así como en el resto del estado de Baja California. Desde esté momento ya existen clínicas de aborto en Tijuana, Baja California. 

Los procedimientos ILE que realizamos en Tijuana

En Tijuana realizamos los procedimientos más rápidos, efectivos y seguros para la interrupción legal del embarazo: Por medicamentos y por aspiración uterina.

Aborto en Tijuana

Preguntas frecuentes sobre clínicas de aborto en Tijuana

En Tijuana, así como en todo Baja California, la interrupción del embarazo es legal en las primeras 12 semanas de gestación desde el 2021.

Desde que se despenalizó la interrupción del emabarazo en Baja California, se han instalado clínicas de aborto legal en Tijuana donde se realizan los procedimientos de interrupción legal del embarazo de forma segura y efectiva.

Desde Octubre del 2021 la se despenalizó la interrupción del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación, es decir que las mujeres de Tijuana pueden realizar un aborto de forma legal y segura durante las primeras 12 semanas de gestación. 

Los procedimientos serán realizados en clínicas públicas o privadas. 

Es importante mencionar que los procedimientos de interrupción del embarazo a pesar de ser muy seguros, deben ser realizados con valoración médica previa y con supervisión médica. 

En Consmed Ginecología realizamos los procedimientos más efectivos y seguros para la interrupción legal del embarazo. Puedes agendar una cita para realizar el procedimiento.

Ya nos encontramos en Tijuana. Actualmente nos encontramos en: 

Plaza Centinela, C. Salvador Díaz Mirón 4ta. 7585-Primer Piso, Zona Centro, 22000 Tijuana, B.C.

Únicamente atendemos con cita. Puedes agendar tu cita por WhatsApp o marcando al 55 3607 4675

  • En octubre de 2021, Baja California despenalizó el aborto voluntario hasta las primeras 12 semanas de gestación, sin necesidad de justificación por parte de la persona gestante.

  • Esto significa que cualquier persona puede solicitar una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) dentro de ese período, independientemente de su motivo

  • Además, el estado contempla otras causales legales que permiten interrumpir el embarazo sin sanciones fuera del límite de 12 semanas, por ejemplo: violación, riesgo de vida para la persona gestante, inseminación artificial no consentida, aborto imprudencial, o malformación congénita grave

En Consmed Ginecología el precio del método de ILE por medicamentos es de $4,000 pesos.

El precio del método por aspiración uterina es de $6,500 pesos hasta la semana 8 posteriormente el precio incrementa en $500 pesos por semana, hasta la semana 12, el cual es el límite legal.

Conoce los precios de Consmed Tijuana

Los procedimientos que se realizan durantes las primeras 12 semanas de gestación para interrumpir un embarazo son el método por medicamentos o el método por aspiración uterina.

El legrado es un procedimiento que no se realiza durante las primeras 12 semanas de gestación puesto a que el método por aspiración uterina es más rápido y seguro mientras el embarazo sea dentro de las primeras 12 semanas de gestación.

CAPÍTULO V

ABORTO

Artículo 151. Aborto es la interrupción del embarazo después de la decimosegunda semana de gestación.

Artículo reformado

BOGE 14-06-2022

Artículo 152.

Se impondrán como máximo dos meses o sesenta días de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer o persona con capacidad de gestar que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro le haga abortar, después de la decimosegunda semana de gestación.

En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.

Párrafo reformado BOGE 14-06-2022

A quien hiciere abortar a una mujer o persona con capacidad de gestar, después de la decimosegunda semana de gestación, con el consentimiento de ésta, se le impondrá una penalidad consistente en hasta sesenta días de trabajo a favor de la comunidad.

Párrafo adicionado BOGE 14-06-2022

Artículo 153.

Aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada o persona embarazada.

Para efectos de este artículo, al que hiciere abortar a una mujer o persona con capacidad de gestar, por cualquier medio sin su consentimiento, se le impondrá de tres a cinco años de prisión.

Si mediare violencia física, emocional, psicológica o moral, se impondrá de ocho a diez años de prisión.

Artículo reformado BOGE 14-06-2022

Artículo 154.

Si el aborto forzado lo causare un médico cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme a este capítulo, se le suspenderá en el ejercicio de su profesión u oficio por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Artículo reformado BOGE 14-06-2022

Artículo 155.

Se deroga. Artículo derogado BOGE 14-06-2022

Artículo 156.

Se consideran como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto:

Párrafo reformado BOGE 14-06-2022

I. Cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, independientemente de que exista, o no, causa penal sobre estos delitos; Fracción reformada BOGE 14-06-2022

II. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer o persona gestante corra peligro de muerte o de afectación grave a su salud a juicio del médico que la asista; Fracción reformada BOGE 14-06-2022

III. Cuando a juicio de un médico especialista exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer o persona embarazada; Fracción reformada BOGE 14-06-2022

IV. Que sea resultado de una conducta culposa de la mujer o persona gestante; Fracción reformada BOGE 14-06-2022

V. Cuando una autoridad le hubiese negado previamente la posibilidad de interrumpir su embarazo dentro del plazo de las primeras doce semanas de gestación;

Fracción adicionada BOGE 14-06-2022 En los casos contemplados en las fracciones I, II y III, los médicos tienen la obligación de proporcionar información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos a las mujeres y personas gestantes; así como de los apoyos y alternativas existentes, para que puedan tomar la decisión de manera libre, informada y responsable. Párrafo reformado BOGE 14-06-2022 Se deroga.

Si. En caso de ser menor de edad, las acientes deben acudir acompañas de un adulto con su identificación oficial y la paciente debera traer su acta de nacimiento o CURP.

En Consmed Ginecología contamos con los procedimientos de interrupción legal del embarazo más seguros y efectivos que existen.

Contamos con el método por medicamentos más efectivo que existe.

Los procedimientos son realizados con valoración medica y supervisión posterior.

Contamos con más de 17 años de experiencia en procedimientos de interrupción legal del embarazo.

Realizamos los procedimietos más efectivos y seguros para la interrupción del embarazo.

Contamos con atención personalizada. La mejor atención a nuestros pacientes.